Indica cuántas horas trabajaste en cada categoría. El cálculo usa el estándar colombiano de 240 horas mensuales.
Horas extras diurnas (+25%)
6:00 AM – 9:00 PM. Las que exceden la jornada legal de 8 h diarias.
Recargo nocturno (+35%)
9:00 PM – 6:00 AM. Trabajo dentro de la jornada ordinaria nocturna.
Dominical o festivo (+75%)
Domingos y festivos en jornada diurna (6:00 AM – 9:00 PM).
Nocturno dominical / festivo (+110%)
Domingos y festivos entre 9:00 PM – 6:00 AM.
Presiona la flecha derecha () arriba para ver el desglose y total a recibir.

Liquidador de horas extras y recargos en Colombia

Calcula gratis cuánto te deben pagar por las horas que trabajaste fuera de tu jornada ordinaria. Los porcentajes corresponden al Código Sustantivo del Trabajo (CST) y se aplican sobre el valor de tu hora ordinaria diurna.

¿Cómo se calcula el valor de la hora ordinaria?

Se divide el salario mensual entre 240 horas, que es el estándar mensual en Colombia (8 horas diarias × 30 días). Ese valor es la base sobre la que se aplican todos los recargos.

Recargos vigentes

ConceptoRecargoCuándo aplica
Hora extra diurna+25%6:00 AM – 9:00 PM, por encima de la jornada legal
Recargo nocturno+35%9:00 PM – 6:00 AM dentro de la jornada ordinaria
Dominical o festivo+75%Domingos y festivos en jornada diurna
Nocturno dominical o festivo+110%Domingos y festivos entre 9:00 PM y 6:00 AM

Preguntas frecuentes

¿Cuántas horas extras puedo trabajar legalmente?

El máximo legal es de 2 horas extras diarias y 12 semanales. Trabajar por encima de ese límite no elimina el derecho al pago: las horas se deben pagar igual con su recargo.

¿El recargo nocturno es lo mismo que una hora extra?

No. El recargo nocturno (+35%) se paga por trabajar entre 9:00 PM y 6:00 AM dentro de la jornada ordinaria. La hora extra es la que excede la jornada diaria. Si una hora es a la vez extra y nocturna, los recargos se suman.

¿Las horas extras cuentan para la liquidación?

Sí. Cuando son habituales, las horas extras hacen parte del salario base para liquidar prestaciones. Puedes calcular el total en la calculadora de liquidación laboral.

¿Qué pasa si mi empleador no me las paga?

Puedes reclamarlas ante el empleador y, si no hay acuerdo, ante el Ministerio del Trabajo o la justicia laboral. Guardar registros de tus jornadas ayuda a sustentar el reclamo. Consulta las fórmulas y fuentes legales que usamos.