Calcula gratis cuánto te deben pagar por las horas que trabajaste fuera de tu jornada ordinaria. Los porcentajes corresponden al Código Sustantivo del Trabajo (CST) y se aplican sobre el valor de tu hora ordinaria diurna.
Se divide el salario mensual entre 240 horas, que es el estándar mensual en Colombia (8 horas diarias × 30 días). Ese valor es la base sobre la que se aplican todos los recargos.
| Concepto | Recargo | Cuándo aplica |
|---|---|---|
| Hora extra diurna | +25% | 6:00 AM – 9:00 PM, por encima de la jornada legal |
| Recargo nocturno | +35% | 9:00 PM – 6:00 AM dentro de la jornada ordinaria |
| Dominical o festivo | +75% | Domingos y festivos en jornada diurna |
| Nocturno dominical o festivo | +110% | Domingos y festivos entre 9:00 PM y 6:00 AM |
El máximo legal es de 2 horas extras diarias y 12 semanales. Trabajar por encima de ese límite no elimina el derecho al pago: las horas se deben pagar igual con su recargo.
No. El recargo nocturno (+35%) se paga por trabajar entre 9:00 PM y 6:00 AM dentro de la jornada ordinaria. La hora extra es la que excede la jornada diaria. Si una hora es a la vez extra y nocturna, los recargos se suman.
Sí. Cuando son habituales, las horas extras hacen parte del salario base para liquidar prestaciones. Puedes calcular el total en la calculadora de liquidación laboral.
Puedes reclamarlas ante el empleador y, si no hay acuerdo, ante el Ministerio del Trabajo o la justicia laboral. Guardar registros de tus jornadas ayuda a sustentar el reclamo. Consulta las fórmulas y fuentes legales que usamos.